El Consell flexibiliza los criterios de acceso en la convocatoria de las becas de exención de tasas universitarias para el curso 2022-23

La Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital ha convocado las becas a la exención de las tasas universitarias para cursar estudios en las universidades valencianas por un total de 5 millones de euros para el curso 2022-2023.

Al tratarse de una exención de tasas, la Conselleria ha acordado con las universidades que no se exija el pago de la matrícula a los alumnos y alumnas que puedan resultar beneficiarios, y tan solo en caso de que fuera denegada su solicitud, deberán abonarla. El plazo para presentar solicitudes se inicia el 12 de enero y finaliza el 1 de febrero de 2023.

El programa global de becas universitarias y de acceso a estudios superiores impulsado por la Conselleria de Universidades ha ido incrementando su dotación presupuestaria a lo largo de los años.

Tal y como ha destacado la consellera de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, Josefina Bueno, “el compromiso de este Consell por fomentar el acceso a la educación superior y garantizar el acceso a los estudios superiores a todo aquel y aquella que quiera formarse es firme. Por ello, hemos doblado la inversión para becas universitarias desde 2015, llegando a los 33 millones para este curso académico 2022-2023”.

En ese sentido, el Consell también ha flexibilizado en esta convocatoria los criterios de acceso a las becas de exención de tasas, modificándose los umbrales de renta y de rendimiento del capital inmobiliario, así como del rendimiento académico de la rama de Ciencias Jurídicas y Sociales, con el objetivo de que más estudiantes puedan beneficiarse de ellas.

Además, también se han flexibilizado las condiciones para acceder a estas becas a las familias monoparentales y personas con una discapacidad del 65 %.

Las becas de exención de tasas están dirigidas a todo el alumnado que acredite la residencia administrativa en cualquier municipio de la Comunitat Valenciana y esté matriculado en las universidades que integran el sistema universitario valenciano o en sus centros adscritos y que cursen enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a la obtención de títulos oficiales de grado y de máster universitario, o complementos de formación para acceso u obtención del título de máster y créditos complementarios para la obtención del título de grado.

La beca consiste en la exención del pago del importe de los créditos matriculados por el estudiantado en primera y/o segunda matrícula y se concederán en régimen de concurrencia competitiva en orden descendente hasta que se agote el importe global máximo, de acuerdo con la nota media obtenida por el alumnado en el curso académico anterior o último realizado.

Para los alumnos y alumnas que se matriculen por primera vez de primer curso de estudios de grado se atenderá a la nota de acceso a la universidad conforme a la fórmula: 60 % calificación final de bachillerato + 40 % nota fase obligatoria de la PAU.

Para los alumnos y alumnas que se matriculen por primera vez de primer curso de máster oficial, la nota media será la del expediente académico correspondiente a los estudios universitarios que dan acceso al máster.

Las solicitudes se presentarán exclusivamente de manera telemática, a través de la plataforma de tramitación de la GVA a través de este enlace

Las dudas relacionadas con el contenido de esta convocatoria pueden consultarse a través del correo electrónico: auniv_becas@gva.es o consultarse a través del teléfono de información administrativa 012.

Requisitos académicos para estudios conducentes al título oficial de máster universitario

Como criterio general y salvo excepciones, para tener derecho a beca, y de acuerdo con las bases, la persona solicitante deberá estar matriculada de, al menos, 60 créditos.

Además, el alumnado de primer curso de másteres habilitantes deberá acreditar una nota media de 6,50 puntos en los estudios previos que les dan acceso al máster, o de 7,00 puntos en los restantes estudios de máster. Las notas medias procedentes de las ramas de Ingeniería y Arquitectura se multiplicarán por el coeficiente 1,17; el alumnado de segundo curso de másteres habilitantes también deberá acreditar una nota media de 6,50 en el primer curso, o de 7,00 puntos en los restantes estudios de máster, y en todo caso, las personas solicitantes de beca para el segundo curso de másteres deberán acreditar haber superado la totalidad de los créditos de que hubieran estado matriculados en primer curso.

Con carácter general, los beneficiarios y beneficiarias de la beca podrán disfrutarla durante los años de que conste el plan de estudios.

Requisitos académicos para estudios conducentes al título de grado

Con carácter general y salvo excepciones, las personas solicitantes deberán estar matriculadas de 60 créditos, es decir, en régimen de dedicación académica completa.

De manera extraordinaria para la presente convocatoria, y a excepción de quienes se matriculen por primera vez, el resto de alumnos y alumnas deberán haber superado en el último curso realizado los siguientes porcentajes de créditos: en las ramas de Artes Humanidades, el 75% de los créditos; en la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas, el 70% de los créditos; en la rama de Ciencias de la Salud, el 65% de los créditos, y el 55% de los créditos en las ramas de Ciencias, Ingeniería y Arquitectura.

Podrá beneficiarse de estas becas el estudiantado de enseñanzas de la rama de conocimiento de ingeniería y arquitectura durante dos años más de los establecidos en el correspondiente plan de estudios, y un año más si se trata de los demás estudios universitarios.