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El síndic de Comptes señala, en su informe sobre las cuentas anuales de Les Corts Valencianes de 2020, que la Intervención de la cámara autonómica, responsable del control interno, no lo ha ejercido sobre el gasto por subvenciones concedidas a los grupos parlamentarios y, por tanto, los expedientes de la mayor parte de estas ayudas “carecen de la documentación necesaria” que permita a la entidad sacar conclusiones acerca de su uso.
Según consta en el informe, consultado por Europa Press, esta carencia de documentación impide a la Sindicatura “obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada para determinar si los grupos
parlamentarios han destinado las subvenciones recibidas a financiar gastos relacionados con su actividad parlamentaria, si las cuentas que han presentado muestran la imagen fiel del resultado de sus actividades durante el ejercicio 2020 y si, en su caso, se deriva un posible derecho de cobro por las Corts en concepto de subvenciones concedidas no justificadas”.
No obstante, subraya que esta limitación al alcance no afecta a las subvenciones para aparcamiento y para asistentes personales, en tanto que la normativa de Les Corts condiciona su pago a la previa presentación por los beneficiarios de la documentación justificativa y de la comprobación de conformidad por la Intervención de la cámara.
El síndic especifica que se trata de una limitación al alcance referida a la auditoría financiera de las cuentas anuales de Les Corts porque que la Sindicatura no fiscaliza las cuentas de los grupos parlamentarios.
En 2020 las subvenciones a los grupos parlamentarios ascendieron a 3.936.349 euros, importe que representa el 13,3% del total de las obligaciones reconocidas en ese año. De esa cantidad, 3.699.109 euros corresponden a subvenciones globales (fijas y variables), 180.797 euros de subvenciones extraordinarias para contratar asistentes personales y 56.443 euros de subvenciones para aparcamiento.
Siguiendo las recomendaciones de informes anteriores, la cámara aprobó, mediante un acuerdo de la Mesa del pasado mes de marzo, las normas reguladoras de la contabilidad y control de las subvenciones asignadas a cada formación, que introducen el control interno, que será realizado por la Intervención de la cámara en la modalidad de control financiero a partir de este año. Según considera el síndic, esto representa un “paso muy importante” por parte de la institución en cuanto a la transparencia de los parlamentos españoles.
Mientras, en el análisis de 2020 se mantiene la situación señalada en el informe de 2019: los expedientes de la mayor parte de estas subvenciones carecen de la documentación necesaria que permita obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada para determinar, entre otras cuestiones, si existe un posible derecho de cobro de las Corts en concepto de subvenciones concedidas no justificadas.
El informe refleja otras dos salvedades: inadecuado tratamiento contable del reintegro del remanente de tesorería y una limitación al alcance en el inmovilizado no financiero.
En el primero, el síndic indica que la contabilización de los reintegros a la Generalitat de los remanentes de tesorería no aplicados se realiza correctamente en el ámbito presupuestario pero no en el económico-patrimonial. Esta práctica contable supone, entre otros efectos y en lo que respecta a las cuentas anuales del ejercicio 2020, que el pasivo del balance a 31 de diciembre de ese año está “infravalorado” en 3.260.236 euros.
En el segundo caso, el informe refleja que Les Corts no disponen de un registro actualizado que recoja la valoración del inmovilizado no financiero, así como las diversas circunstancias que puedan producirse en sus activos. Esta situación representa una “limitación” para el síndic a la hora del análisis porque no puede opinar sobre la composición, ubicación y valoración de los elementos que puedan integrar los epígrafes de inmovilizado no financiero del balance a 31 de diciembre de 2020.
Además, el síndic apunta que en el ejercicio 2020 se han puesto de manifiesto “incumplimientos significativos” de la normativa aplicable a la gestión de los fondos públicos en relación con la contratación de los expedientes del cableado de datos del edificio de la calle Libertad y en el equipamiento microinformático.
Según el informe, los pliegos de cláusulas administrativas particulares (PCAP) no desglosan los costes directos e indirectos y otros eventuales gastos necesarios para determinar que el presupuesto base de licitación sea adecuado a los precios de mercado, según dispone el artículo 100.2 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP).
En el caso de la prestación del servicio de cafetería, formalizado en 2016, señala el síndic que la facturación incluye servicios adicionales a los previstos contractualmente. En 2020 ascendieron a 13.591 euros, lo que representa un 13% del precio anual del contrato.
En informe también refleja que en 2020 se realizaron pagos que superaron el plazo máximo legal previsto en el artículo 198.4 de la LCSP por un importe, estimado por esta Sindicatura, de al menos 740.545 euros.
El informe incluye tres recomendaciones como resultado de la fiscalización: justificar las razones que motivan el cambio de criterio en 2021 de la contabilización del reintegro del remanente de tesorería; para valorar el criterio precio en la contratación, utilizar fórmulas que no otorguen puntos a las ofertas sin baja e implantar mecanismos de control que aseguren la integridad y fiabilidad de la información sobre la contratación que se incluye en la memoria de las cuentas anuales.
Escrito por Adm-TRD
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